Errores de autoría
La cantautora Rosa León, una de las fundadoras de SEDA, ha encontrado que su canción Fui madre a ver pasar, de su disco Mujeres del año 1992, está atribuida a su nombre pero con un número identificador que no le corresponde, por lo que no ha percibido derechos en el reparto por esa canción. SGAE, como otras entidades de gestión agrupadas en CISAC, asigna un número denominado IPI (Información sobre las Partes Interesadas), que sirve para identificar internacionalmente a una persona física o jurídica que participa una autoría de una obra.
Este mismo problema lo ha encontrado el registro en 2015 de las canciones del mítico grupo de finales de los 70 Negativo, que fueron pasadas por la ventanilla de la SGAE de cara a una edición actual en vinilo de lo que en su momento no fueron más que maquetas. Todas las canciones se registraron a la vez y con la misma información pero uno de los autores, el batería Luis Jiménez, encuentra que aparece en una canción con un IPI y, en otra, con una diferente y el orden de su nombre alterado. Por esta segunda no percibe derechos y es además la más famosa del grupo, ya que formó parte de la película de Arrebato, de Iván Zulueta, dirigida por el hermano del cantante de Negativo, fallecido hace tres años.
El sistema IPI se creó en 2001. Anteriormente, las entidades usaban el número CAE, desarrollado por la entidad de gestión de derechos suiza. Si un autor utiliza heterónimos, puede tener diferentes números IPI y seguir cobrando todos los derechos de autor que le corresponda. En el caso mencionado, Rosa León, con un único apellido, tiene asignado un número mientras que la misma autora pero con dos apellidos (Rosa León Conde), tiene un IPI diferente. No obstante, la cantautora asegura que no está percibiendo derechos de autor por la canción Fui madre a ver pasar y que ese es un IPI que no reconoce. La SGAE ha pasado por diferentes sistemas informáticos de proceso de los registros en sus muchas décadas de existencia, por lo que se pueden acumular todo tipo de errores, sobre todo en el repertorio más antiguo. La entidad debe estar vigilante para corregir los errores que salten en el reparto, pero también los autores.
Luis Martín fue el batería del grupo Los Ronaldos y también ha pasado su repertorio a SEDA. Ha encontrado cinco canciones registradas en 2019 que no reconoce, como es el caso del tema Luz Negra YUP: "Me han asignado obras en las que no he participado. Puede ser que mi nombre sea muy común pero mi IPI es único y es el que aparece en esas canciones", explica. En este caso, está percibiendo un 15% sobre los derechos de autor de esa canción.
Según el Reglamento de la SGAE, un autor no puede registrar la coautoría de una obra a otro autor si no incorpora la firma de este último. Martín está seguro de no haber firmado estas canciones, por lo que debe de tratarse de un error informático en la asignación de los derecho habientes de esas cinco canciones.
En ese mismo sentido, Rosa León ha encontrado en una canción una coautoría del 7,94% con el nombre "sin declarar". Aunque según el Artículo 126 del Reglamento SGAE no se permiten registros donde falte un coautor, sí los admiten cuando se trata de música para obras audiovisuales, que es el caso de esta canción.
Irregularidades con las editoriales
Las editoriales musicales, que son también socias de SGAE, son empresas, generalmente propiedad de las propias discográficas, a las que los autores les ceden una parte de sus derechos para que se ocupen de gestionarlos. Suele ser habitual que esa parte sea el máximo legal, el 50%. Otro de los autores de SEDA, José María Guzmán (perteneciente a, entre otros grupos, ?Cánovas, Rodrigo, Adolfo y Guzmán) ha encontrado que en su canción Ayúdame del año 2000, las dos editoriales que se reparten cada una un 25% aparecen como "registro incompleto". Eso quiere decir que cuando se registró la obra no se aportó la partitura.
Lo mismo le ha pasado a otro socio de SEDA, Bernardo Fuster (del grupo Suburbano) que se ha encontrado que la canción Ven a mí, compuesta para un episodio de la serie de Fernando Colomo Las chicas de hoy en día, estrenada por TVE en 1991, nunca ha recibido el porcentaje que le corresponde a la editorial Lucas Ediciones, de la que es copropietario, debido al mismo problema, que no le constaba hasta que no se ha dedicado a estudiar sus registros. "Confiabas en que había llegado y no lo mirabas", explica Fuster, recordando que, en el pasado, "los autores no nos hemos preocupado mucho por estos temas —dice, incluyéndose— y así ha salido". "No lo hacíamos porque no era nuestra principal fuente de ingresos, parte de la culpa es nuestra por no haber controlado a los que gestionaban nuestro dinero", añade.
La exigencia de la partitura, que SGAE eliminó el 1 de diciembre de 2020, no es retroactiva, por lo que toda canción sin ella genera un registro incompleto en el caso del editor y por tanto no recibirán derechos hasta que no la presente. En cambio, el autor sí los percibirá. La sociedad da un plazo de cinco años para subsanar los errores de registro. A partir de ahí, todo el dinero que la obra haya generado hacia atrás será irrecuperable para el autor o el editor. Ese dinero pasa al fondo de "pendientes de identificar" y, si no se reclama, se destinará a actividades asistenciales, promoción, financiar la entidad para compensar la copia privada y a incrementar proporcionalmente el reparto de otras obras.
No obstante, hasta antes de 2011, estos fondos pasaban Íntegramente a las funciones sociales de la entidad. Y, entre 2014 y 2019, pasaron a incrementar proporcionalmente el reparto. Si la SGAE está en números rojos o bien tiene deudas con Hacienda o Seguridad Social, también puede destinar parte de ese dinero a paliar esa situación. Este es uno de los motivos por los que la SGAE nunca entra en quiebra, aunque se mantenga peligrosamente al borde de ella.
El volumen y la gestión del bolsillo de "pendientes" viene siendo un tema polémico para los autores y la entidad desde hace años. Según la auditoría efectuada a la SGAE sobre las cuentas del año 2019, esta tenía 85,7 millones de euros pendientes de identificar. Ese año entraron a ese fondo 28,3 millones de euros y salieron (se identificaron y pudieron ser repartidos a quien les correspondiera), 9,1 millones. Además, la sociedad cuenta con un pequeño fondo de provisión para atender reclamaciones sobre periodos prescritos, del que gastó aproximadamente medio millón de euros en ese año.
Según el Informe de Transparencia de la entidad, el motivo de esas reclamaciones suele ser la omisión de datos concretos en la información que suministran los usuarios al registrar una obra. En cada ejercicio, al prescribir esos cinco años para reclamaciones, una parte de esa bolsa pasa a engrosar las cuentas de la entidad. En sus presupuestos para 2021, SGAE espera incorporar 10 millones de euros por derechos prescritos. Ese bolsillo de derechos prescritos incluye también los derechos identificados pero no reclamados cuando pasan 15 años desde el reparto.
En la canción erróneamente atribuida a Luis Martín aparece una línea consignada como "editor desconocido". Haciendo una búsqueda en el repertorio de la SGAE, aparecen cientos de miles de canciones con "editor desconocido". Este es un error que no afecta al reparto y que viene originado por la incorporación al repertorio de las obras internacionales que provienen del sistema de propiedad intelectual anglosajón, basado en el copyright, diferente al español. Por defecto, la documentación que viene de esos países asigna un 50% de cada obra a un editor desconocido, que luego en la ficha de esa obra debe determinarse quién o quiénes son.
Patacho Recio, presidente de SEDA y excomponente del grupo Glutamato Ye-Ye, ha encontrado su código IPI y su nombre real —Manuel Recio— como "editor sustituto" en una canción del año 1985 que no reconoce en absoluto, titulada Slow Gold y que parece pertenecer al músico de jazz Dave Holland. Según Recio, al intentar incorporar el catálogo de los autores que firman con su entidad, ha aparecido un 10% de errores: 200 obras con irregularidades de las 2.000 que actualmente gestiona SEDA. "El alcance es difícil de ver, por lo que creo que el Ministerio de Cultura debería abrir una auditoría", valora, y añade que ya han puesto en conocimiento de la Secretaría General de Cultura todos estos errores. SEDA está informando a sus socios de que no podrá incorporar a su repertorio obras "con información incompleta o defectuosa".
Entre la información que ha trasladado al Ministerio se encuentra también "medleys títulos en tramitación" como nombre de derechohabiente en, por ejemplo, un popurrí de diversas canciones de Los Secretos de 2001. Este apunte parece indicar una reserva de derechos para los temas cuyos autores no se han identificado.
Un error similar es el de las IPI atribuidas a "Dominio Público" o "Dominio Popular". No debería haber canciones de dominio público con atribución de porcentaje de derechos puesto que son derechos expirados, por lo que debe tratarse de un error.
"Todo viene de un mal funcionamiento del que probablemente no se han dado cuenta ni ellos", dice Bernardo Fuster, que fue miembro de la Junta Directiva de SGAE entre 2007 y 2011. "No creo que se haya hecho con la intención de defraudar pero se ha hecho mal y se ha generado un problema grave. Son pequeñas cantidades, pero son muchos casos", añade. Fuster es autor de, entre muchas otras, el célebre tema La Puerta de Alcalá, por el que recibe derechos de autor con frecuencia. Desde el 31 de diciembre de 2020 ya no es socio de SGAE pero va a pedir a esta entidad que investigue y aclare el último reparto, efectuado el 29 de marzo de este año, porque ha detectado "cosas absurdas".
La canción La Puerta de Alcalá la escribió junto a su coautor habitual; a pesar de que Bernardo tiene un porcentaje superior en la autoría, recibió menos dinero. Por poner otro ejemplo concreto, la canción Arde París, interpretada también por Ana Belén, la tienen registrada al 50% (sin editorial). En el último reparto, Bernardo ha recibido por derechos de ejecución, 3,36 euros, mientras que su socio ha obtenido 8,36 euros, sin razón que los autores conozcan para esta disparidad. Estas proporciones irregulares se mantienen en otras 20 canciones del último reparto.
Preguntada la SGAE al respecto de las irregularidades que han encontrado los autores de SEDA al incorporar su repertorio, fuentes de la entidad inciden que "todos" sus "procesos y procedimientos internos" están "monitorizados y aprobados por la CISAC, regulados por la Ley de Propiedad Intelectual y cumplen con todos los requisitos normativos nacionales e internacionales".