Los expertos en arte que han examinado la obra a lo largo del proceso han concluido que el retrato, fechado en torno a 1623 tras la llegada de Velázquez a Madrid, representa a Francisco de Rioja, clérigo sevillano, escritor y secretario del conde-duque de Olivares. El cuadro, según el expediente, formó parte de la colección de Joaquín Payá, político durante la Segunda República y vocal del patronato del Museo del Prado, y llegó a manos de sus herederos, cinco hermanos entre los que se encuentra Mercedes Royo-Villanova, también ligada al Museo y quien encabezó la batalla legal de la familia para poder exportar la obra.

La familia mostró formalmente en 2015 su intención de sacar el cuadro de España y venderlo en el extranjero, poniendo en marcha un expediente de exportación temporal "con posibilidad de venta". Fue entonces cuando el Ministerio de Cultura impuso medidas cautelares, prohibió exportar la obra e instó a la Comunidad de Madrid a firmar la declaración de Bien de Interés Cultural, algo que sucedió años más tarde, poco antes del estallido de la pandemia. "Es un buen ejemplo del tipo de retrato que se estaba desarrollando en torno a la corte en la década de los años veinte del siglo XVII", celebró entonces la Consejería de Cultura.

La declaración no tiene solo que ver con la protección y conservación del cuadro a la que quedan obligados los propietarios. Un Bien de Interés Cultural se puede subastar en España pero, en este caso, la Comunidad de Madrid tendría derecho de tanteo y el mercado artístico nacional no alcanza las dimensiones que sí adquiere en el circuito internacional. Exportarlo y venderlo en el extranjero, explican expertos a este periódico, es misión imposible una vez protegido cuando solo puede salir de España, por ejemplo, para una exposición temporal y con un permiso del Ministerio.

La vía de venderlo en el extranjero implicaría un negocio mucho más lucrativo para la familia. La venta de este tipo de cuadros, incluso protegidos, no baja en cualquier caso de los seis digitos: en marzo del año pasado el 'Retrato de un caballero' atribuido a Velázquez fue subastado por 3,5 millones en Madrid.

En el caso de Retrato de un clérigo, la familia propietaria llevó ante los jueces la decisión de la Comunidad de proteger el cuadro, argumentando entre otras cosas que podría no haber sido pintado por Velázquez, que no merece la consideración de Bien de Interés Cultural y que, en caso de quedarse en España, "va a acabar en un domicilio particular sin que nadie pueda disfrutar de su contemplación". Las magistradas del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sin embargo, dan el aval judicial a esta protección en una sentencia todavía recurrible ante el Tribunal Supremo.

La sección de lo contencioso-administrativo prioriza, en primer lugar, el informe de los técnicos de la Administración frente al perito contratado por los dueños del cuadro para intentar anular su protección. Ese informe pericial de parte, dicen las magistradas, no puede poner en cuestión la "destacable calidad técnica y artística de la obra, y la capacidad notable de su autor para reflejar y transmitir autenticidad y la profundidad psicológica del personaje, que parece ser uno de los rasgos que hacen sobresalir a la pintura sobre otras similares del mismo periodo y la convierten en excepcional y que puede ser apreciada incluso por personas legas en la materia", afirma la resolución.

La sentencia a la que ha tenido acceso este periódico refleja el contenido del expediente y el criterio de los técnicos que llevó a la Comunidad de Madrid a declarar la protección del cuadro atribuido a Velázquez como Bien de Interés Cultural. Un expediente que además denuncia que la obra de arte se encuentra "en un estado deficiente; se ha perdido parte de la superficie pictórica; muestra un rostro abrasado por la pérdida de veladuras; en el traje se observan zonas de transparencia y cuantiosas pequeñas faltas, afectando a la lectura de la obra y a la sensación original de volumen".

Sobre su importancia artística, los técnicos aludieron, en todo caso, "al valor y excepcionalidad de la obra" que "destaca la capacidad excepcional para transmitir individualidad y verismo". La pintura, dijeron los expertos en arte consultados, "recrea una realidad física natural junto a la autenticidad del carácter de la persona retratada. Con independencia de su autoría, improbable y debatida, la historiografía ha concedido a 'Retrato de un clérigo' un considerable valor. Se está ante un retrato de una indudable calidad técnica y artística, que mantiene estrechas similitudes técnicas con obras de Velázquez y cuya maestría resulta inestimable para conocer la evolución del retrato en las décadas primeras del siglo XVII". 

Ahora la familia tendrá que decidir si lleva este pleito hasta la sala tercera del Tribunal Supremo. En su resolución, el TSJ de Madrid además de rechazar su recurso les impone el pago de un máximo de 1.500 euros en costas.

Pilar Vidal forma parte de la junta directiva de la Asociación Profesional de Conservadores Restauradores de España (ACRE) y, en declaraciones a elDiario.es, explica que este tipo de protecciones BIC se otorgan para proteger un bien cultural "del expolio, la destrucción y la desaparición". Y subraya las consecuencias de la declaración de cara a una posible venta cuando la obra de arte pasa a formar parte del catálogo de bienes protegidos por una comunidad autónoma: "El propietario tiene la obligación de mantenerlo y cuidarlo. Entre otras cosas, no puede venderlo en el extranjero, de ninguna de las maneras, y no puede depositarlo en algún museo por tiempo indefinido aunque no sea una venta, tampoco se puede".

Se puede, con permiso del Ministerio, sacarlo de España para una exposición temporal en un museo, y se puede vender dentro del país, pero con unas condiciones especiales. "Según las leyes de patrimonio, que en esto coinciden todas, solo pueden salir temporalmente al extranjero para una exposición o similar y además solicitando un permiso que implica que se cumplan una serie de requisitos, como la temporalidad, la seguridad durante el transporte, durante la estancia y su regreso", analiza la experta en restauración.

 En España una obra protegida se puede vender pero la administración tiene derecho de tanteo y retracto. "Esto quiere decir que tiene preferencia en la adquisición siempre y cuando oferte lo mismo que otro posible comprador", explica Vidal. Pero esto puede frustrar un proyecto de venta millonaria en el extranjero: "Esto puede fastidiar a los propietarios porque en el mercado internacional a lo mejor alcanza una venta por importe superior", admite.

El objetivo de este tipo de protecciones es evitar que una obra del patrimonio cultural "español o madrileño", analiza Vidal, se pierda y quede fuera del alcance del país. "Es una manera de regular que el patrimonio histórico español que no se disperse y no se pierda. Una venta en el extranjero es una pérdida de patrimonio cultural español porque saldría del territorio, ya no sería nuestro. Y la declaración BIC impide esto precisamente".  

La declaración de un cuadro como Bien de Interés Cultural (BIC) es algo que se hace a instancias de la administración central pero que está en manos de los gobiernos regionales, en este caso la Comunidad de Madrid. E intentar exportar una obra de arte protegida sin autorización tiene consecuencias graves. El banquero Jaime Botín, por ejemplo, fue condenado a pagar más de 90 millones de euros tras ser cazado con un cuadro de Picasso declarado Patrimonio Histórico a bordo de un barco para intentar venderlo en Reino Unido.

Las ventajas y desventajas de proteger un cuadro quedaron expuestas en el caso del Goya de Esperanza Aguirre y su marido. Un retrato de Valentín Belvís de Moncada y Pizarro, marqués de Villanueva del Duero, antepasado de la familia de la expresidenta de la Comunidad de Madrid y atribuido a Francisco de Goya. Tal y como reveló elDiario.es, la obra valorada en millones de euros pasó años colgando en las paredes de la casa de Aguirre y fue vendido por cinco millones de euros al empresario Juan Miguel Villar Mir (OHL) en un momento de gran dificultad financiera para el marido de la entonces presidenta regional.

El caso terminó en la vía penal cuando un familiar entendió que podía haber existido una donación ilegal para que el marido de Aguirre pudiera venderlo. Pero el proceso reflejó la utilidad que tuvo que el cuadro de la presidenta de la Comunidad de Madrid pasara desapercibido para la Comunidad de Madrid y no fuera declarado Bien de Interés Cultural: habría sido vendido por mucho menos dinero.

Así lo dejó por escrito en un informe un representante de la casa de subastas Sotheby's en el caso de ese Goya. "El riesgo de solicitar una licencia de exportación es que el cuadro sería declarado casi con toda seguridad Bien de Interés Cultural (BIC), lo que lo haría mucho menos atractivo para posibles compradores dentro de España por las diversas obligaciones que acompañan a la propiedad de una pintura protegida".

La norma no impone, por ejemplo, más impuestos al propietario en el momento de la venta. Pero sí hace que su precio y proceso de tasación sean transparentes para la administración, lo que dificulta que se oculte, por ejemplo, parte del precio pagado. El caso del cuadro de Velázquez cuya protección acaba de confirmar la Justicia, no ha llegado tan lejos porque la familia propietaria ha pleiteado sin éxito contra su declaración como Bien de Interés Cultural sin llegar a enajenarlo.

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