El origen del pleito está en los acuerdos de la Junta Directiva de la SGAE tomados en 2015 y que fueron anulados por la Justicia menos de dos años después. Un acuerdo para cuantificar el reparto de los derechos por emisión de obras. Sucesivamente a lo largo de los años siguientes la Asamblea General promovió cambios y reformas que se basaban en esos acuerdos nulos, entre ellos los que derivaron en el reparto de 64 millones de euros a cerca de 40.000 artistas por estos derechos de emisión en televisión, tal y como ha adelantado este miércoles el diario El País.
El juzgado de lo mercantil número 16 de Madrid entiende que todos esos acuerdos de reparto firmados por la Junta Directiva de la SGAE entre 2015 y 2018 son "inválidos", sin que todas las modificaciones estatutarias posteriores arreglen los problemas legales que el reparto acarreaba desde entonces.
Esa primera anulación firmada por los tribunales, al entender que la dirección de la SGAE se había extralimitado, arrastra al resto de acuerdos de los años siguientes: "No puede recurrirse al burdo expediente de aprobar un “racimo” de sustituciones del acuerdo inicial impugnado, al objeto de forzar a los socios a la onerosa carga de ir impugnando, una a una, todas y cada una de las revalidaciones, sustituciones y renovaciones de la misma decisión que los Tribunales ya han invalidado", reprocha esta sentencia a la SGAE.
La sentencia todavía es recurrible pero da la razón al grupo editorial Tele5 y a Música Aparte (editorial ligada al grupo Atresmedia), condenando a la SGAE a rehacer todos los acuerdos de reparto desde junio de 2015 hasta diciembre de 2018, además de a pagar a las dos empresas demandantes las cantidades que les hubieran correspondido con los intereses generados en casi una década.