El calendario laboral de 2024 recoge un total de 12 días festivos nacionales, de los que nueve se celebrarán de forma conjunta en toda España, el mismo número que este año, según una resolución de la Dirección General de Trabajo publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado.
En concreto, en 2024 serán fiesta en toda España:
Existen otros festivos comunes que las comunidades autónomas pueden desplazar a otro día. Así ha ocurrido con el jueves 28 de marzo (Jueves Santo), que será festivo en toda España menos en Comunidad Valenciana y Catalunya.
Entre las facultades reconocidas a las comunidades autónomas se encuentra también la posibilidad de sustituir el descanso del lunes siguiente a las fiestas nacionales que coinciden en domingo por la incorporación de otras que les sean tradicionales, así como la opción de celebrar San José (19 de marzo) o Santiago Apóstol (25 de julio) en su correspondiente territorio.
Así, el 9 de diciembre (lunes siguiente a la Inmaculada Concepción) será fiesta en:
El jueves 25 de julio (Santiago Apóstol) sólo será festivo en:
Y el martes 19 de marzo (San José) sólo será fiesta en:
A los días festivos nacionales siempre hay que sumar dos festivos autonómicos y dos locales, hasta sumar un total de 16 días festivos al año.
La celebración de varias fiestas en lunes o viernes, pegados por tanto al sábado y el domingo, permitirá contar el próximo año con algunos fines de semana más largos de lo habitual en el conjunto de España. Así sucede con el lunes 1 de enero, el viernes 1 de noviembre y el viernes 6 de diciembre.
En las comunidades que han optado por celebrar el Jueves Santo (28 de marzo), que son casi todas, habrá un puente de cuatro días, y en cinco comunidades (Baleares, Cantabria, Navarra, Euskadi y La Rioja) este puente será de cinco días puesto que han decidido dar también como festivo el lunes de Pascua (1 de abril) .
Además, aquellos trabajadores que puedan permitirse coger algún día libre, podrían alargar el fin de semana por la celebración de la Asunción de la Virgen (15 de agosto) en jueves.
En la resolución del BOE se precisa que en Catalunya y Comunidad Valenciana se ha establecido, además de las 12 festivos nacionales retribuidos y no recuperables, un festivo retribuido recuperable, lo que significa que si los trabajadores disfrutan de esa fiesta adicional, tendrán que recuperar las horas no trabajadas.
En el caso de la Comunidad Valenciana, el festivo retribuido recuperable se ha fijado para el lunes 24 de junio (San Juan), mientras que Catalunya deberá escoger entre el 6 de enero, el 1 de abril, el 24 de junio y el 26 de diciembre (San Esteban).