La Comunidad de Madrid está reviviendo el espíritu de la conocida como 'ley Beckham' que José María Aznar aprobó en España en 2003 y que suponía una importante bajada de impuestos a los extranjeros para favorecer la llegada a nuestro país de inversores, de millonarios y, sobre todo, de estrellas del fútbol de otras nacionalidades.
Esta estrategia, corregida años después excluyendo a los deportistas, implica una pérdida de ingresos públicos que distintos estudios han demostrado que no se ve compensada por el incremento de traslados de estos inmigrantes ricos ni por la creación de puestos de trabajo que implica la llegada de su dinero.
El Gobierno regional del Partido Popular (PP) de Isabel Díaz Ayuso está a punto de exprimir una vez más sus competencias fiscales con una ley que recoge una deducción el tramo autonómico del IRPF (Impuesto sobre la renta de las personas físicas, cuya recaudación se reparte entre el Estado y las regiones) del 20% para las inversiones financieras que realicen los extranjeros que se muden a la Comunidad de Madrid desde el 1 de enero de 2024.
Uno de los beneficiados podría ser el jugador francés de fútbol Kylian Mbappé, que el Real Madrid de Florentino Pérez pretende fichar desde hace algunos años y al que el club blanco no habría logrado convencer económicamente. Hasta ahora.
El proyecto de la que algunos medios de comunicación denominan ya como la 'ley Mbappé' (y que dos décadas después vuelve a apoyar los intereses del Real Madrid, como ocurrió con el inglés David Beckham) explica que “gracias a esta medida, se incentivará la llegada de nuevos inversores, favoreciendo la generación de empleo, la creación de nuevas empresas y el crecimiento de las que ya operan, reforzando así a la Comunidad de Madrid como centro de atracción da inversiones, empresas y talento”.
En el detalle de este proyecto, se especifica que las inversiones que podrán acceder a la deducción del 20% en el IRPF (sin límite, es decir, cuanto más dinero, más beneficio fiscal) serán empresas o vehículos financieros radicados en la propia de Comunidad de Madrid, que tendrán que mantenerse al menos 6 años y que el nuevo contribuyente, el que cambie su residencia a la Comunidad de Madrid, no debe haber vivido en España en los 5 años previos a su traslado.
Sin embargo, Eduardo Gutiérrez, portavoz de Economía de Más Madrid en la Asamblea regional, señala que “con el borrador del proyecto no se garantiza de ninguna manera que las inversiones de las entidades que emiten acciones, títulos de deuda, o certificados de inversión (fondos de inversión), se realicen en la Comunidad de Madrid, porque aunque el inversor particular (20% en IRPF) resida en la región, y esas entidades también tengan sede madrileña, los fondos que reciben pueden ser invertidos en París, Estados Unidos o Galicia”.
Otra cuestión importante es que el proyecto de ley no incluye las inversiones en vivienda, aunque los extranjeros ricos que quieran beneficiarse de la deducción “pueden invertir en vivienda, con la intermediación de las empresas (en SOCIMIS) o de fondos inversión inmobiliarios, sin problemas”, añade el diputado.
Los ricos ya pagan menos en MadridLo cierto es que los ricos ya pagan menos IRPF en la Comunidad de Madrid que en otras regiones de nuestro país. Según el último estudio del Consejo General de Economistas (CGE) sobre fiscalidad autonómica, los contribuyentes que ingresan 160.000 euros o más tuvieron que hacer frente a un tipo medio del impuesto sobre la renta más bajo. Con diferencias que rozan los 50.000 euros con la Comunitat Valenciana, La Rioja o Navarra para una persona que “obtiene únicamente rentas del trabajo, soltero, menor de 65 años y sin hijos”, con más de 600.000 euros de ingresos en 2023.
Esta competencia fiscal, “siempre a la baja”, según lamentan fuentes de la Agencia Tributaria que prefieren no ser citadas, no ha destacado el ritmo de incremento de la recaudación del IRPF (el impuesto más importante) en la Comunidad de Madrid respecto a otras regiones en estos años de récord por la histórica creación de empleo, por la intensa recuperación de la actividad económica tras el shock de la pandemia y por la crisis de inflación.
Según la AIReF (Autoridad independiente de responsabilidad fiscal), los ingresos públicos por el tramo autonómico del tributo de la renta se elevó un 7% en 2023 frente a 2022 en la región madrileña, mientras que en el conjunto de comunidades para las que hay datos el salto fue del 14%, en el cálculo ajustado al IPC (Índice de Precios de Consumo) anual que realiza la institución.
Voces críticas conocedoras del sistema fiscal aseguran que el modelo del PP de Ayuso se preocupa más de la atracción de ricos que de la inversión en servicios públicos, como la sanidad o la educación, porque las rentas altas no hacen uso de estos servicios de todos.
Además, el 'efecto llamada' y la acumulación de rentas altas complica la capacidad de control de los inspectores. Por último, apuntan, es una estrategia que va en menoscabo del resto de comunidades autónomas.
Recientemente, un informe del Instituto de Estudios Fiscales, titulado 'Migraciones interregionales en España de determinados perfiles de contribuyentes en el período 2006-2019', concluyó que “en la última centila de renta y/o patrimonio [el 1% más rico o con más renta], el 42,44% de los traslados tiene como destino Madrid”.
El estudio recoge que “la creciente capacidad de atracción de capital humano nacional de la región madrileña” se podría explicar por la conjunción de tres factores: la existencia de una oferta educativa especializada extensa, el protagonismo en la región de sectores basados en el conocimiento y por la buena conectividad de Madrid con el resto del país“.
“Si a lo anterior se le suma el hecho de que el sector público concentre sus centros de decisión en Madrid, que las sedes de dirección efectiva de las grandes empresas españolas también lo hagan, y que la oferta tributaria de esta comunidad sea la que conceda ventajas fiscales más generosas para los contribuyentes de mayor capacidad económica, se concluye que una pluralidad de factores estimula de forma creciente la llegada de capital humano especializado (y bien retribuido) a la región madrileña”.
Una competencia fiscal a la baja que se convierte en “una pérdida recaudatoria (en el IRPF) que provocan los efectos mecánicos de su rebaja fiscal para las finanzas regionales madrileñas sea notablemente superior a las posibles ganancias de ingresos públicos generados por la migración inducida de contribuyentes provenientes del resto de España (o por el posible incremento también inducido en la oferta laboral)”, concluye el informe de este Instituto oficial adscrito al Ministerio de Hacienda.
“Paraíso fiscal”Las rebajas en el impuesto de la renta se unen a otras decisiones del PP de la Comunidad de Madrid sobre los impuestos 'cedidos' a las Administraciones regionales, como la eliminación del que grava el Patrimonio. Según los datos de 2022 que se utilizan en esta información, acumula más de 4 de cada 10 euros que las comunidades perdonan por los cuatro impuestos 'cedidos' (Sucesiones, Patrimonio, Transmisiones Patrimoniales y Juego) y dejó de ingresar más del doble de lo que recaudan. Mientras, otro informe reciente, en este caso de Fedea, recalcó que Madrid es la región donde los más ricos destinan menos renta a pagar impuestos.
“La trayectoria de este proyecto [la 'ley Mbappé] de profundizar en este paraíso fiscal que ya es Madrid, empezó a principios de 2023, pero entonces Ayuso y el PP no tenían mayoría absoluta y fue rechazada por todos los grupos parlamentarios, incluso por Vox. En este nuevo intento, tiene todavía que entrar en la Asamblea. Es un regalo a los milmillonarios que vienen de fuera, con evidente desigualdad de trato a los inversores residentes”, incide Eduardo Gutiérrez.
“La 'ley Mbappé' sigue la revolución conservadora empezada por Reagan en los 80. Muchos no recuerdan o desconocen que entre 1932 y 1980 en EEUU, considerado el país emblema del capitalismo, el tipo impositivo máximo sobre la renta era del 81%. En 1986 este tipo impositivo bajó con el gobierno de Reagan al 28%. En aquel entonces esta reforma venía acompañada de la narrativa de que bajando los impuestos a los más rico se generaría riqueza para todos. Esta corriente de pensamiento es conocida con el nombre de efecto derrame”, explica el investigador Riccardo Ciacci.
Este profesor de la Universidad Pontificia Comillas considera que, “a día de hoy, podemos afirmar con facilidad que los resultados de estas políticas son cuanto menos discutibles, por no decir negativos. En los 30 años siguientes el crecimiento de la renta nacional per cápita en EEUU se redujo a la mitad si la comparamos con los 30 años anteriores. Además, desde aquella época las rentas de la población perteneciente al 50% más pobre de EEUU no aumentaron más”.
El nobel de Economía Thomas Piketty es uno de expertos que ha estudiado el fracaso de esta política fiscal. A ella le dedica el capítulo 11 de su libro 'Capital e ideología'.
“En la Unión Europea la libre circulación de capitales unida a la falta de transparencia sobre los patrimonios en el extranjero y la ausencia de una coordinación sobre fiscalidad conlleva la creación de regímenes fiscales que facilitan la evasión. Lo mismo es lo que está proponiendo ahora el gobierno de la Comunidad de Madrid con la ley Mbappé, cuyo principal objetivo, por no decir único, es rebajar los impuestos para ayudar a un equipo de fútbol a fichar a un futbolista”, insiste Riccardo Ciacci.
La 'ley Beckham' sigue vigenteDesde que se aprobó hace cerca de dos décadas, la 'ley Beckham' ha sufrido muchas modificaciones, pero sigue vigente. El cambio más importante fue la exclusión en 2015 de los deportistas profesionales de los beneficios fiscales que ofrece a los extranjeros que cambian su residencia a España. Estas ventajas eran inicialmente un tipo de IRPF del 24%, como las de una persona normal, con un sueldo medio-bajo. En 2010, se limitó la aplicación del tipo del 24% a ingresos que no superasen 600.000 euros, a partir de esta cantidad ascendía al 47%.
Actualmente, el desplazamiento a nuestro territorio que recoge la ley debe producirse como consecuencia de cuatro circunstancias: “un contrato de trabajo en España (o carta de asignación, en el caso de expatriados); nombramiento como administrador de una entidad no vinculada (o siendo vinculada no patrimonial); realizar en España una actividad económica calificada oficialmente como actividad emprendedora; o realizar en nuestro país de una actividad económica por parte de un profesional altamente cualificado que preste servicios a empresas emergentes o que lleve a cabo actividades de formación, investigación, desarrollo e innovación, percibiendo por ello una remuneración que represente en conjunto más del 40 % de la totalidad de los rendimientos empresariales, profesionales y del trabajo personal”.