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La Justicia europea declara ilegal el tramo autonómico del impuesto sobre los hidrocarburos vigente hasta 2018

La Justicia europea declara ilegal el tramo autonómico del impuesto sobre los hidrocarburos vigente hasta 2018

La Justicia europea considera que el tramo autonómico del impuesto de hidrocarburos que estuvo vigente en España entre 2013 y 2018 es ilegal. Así se ha pronunciado en una sentencia el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), que considera que ese gravamen contraviene la legislación europea, en concreto la directiva que regula la imposición de los productos energéticos y la electricidad.

“La Directiva se opone a una normativa nacional que autoriza a regiones o comunidades autónomas a establecer tipos del impuesto especial diferenciados para un mismo producto y un mismo uso en función del territorio en que se consuma el producto fuera de los casos previstos a tal efecto”, establecen los jueces de Luxemburgo.

El litigio se produce a raíz de un conflicto entre la compañía DISA y la Agencia Tributaria por las soliciturdes de devolución por parte de la empresa respecto a la parte del tramo autonómico del impuesto sobre los hidrocarburos. El argumento de la sociedad es que el establecimiento de tipos diferenciados en función del territorio no forma parte del listado de excepciones contemplado en la directiva europea, por lo que exige la devolución de los pagos correspondientes a esa parte.

“Del análisis de la Directiva se desprende que, aunque es cierto que el ámbito de la imposición de los productos energéticos y de la electricidad solo está parcialmente armonizado y esta Directiva reconoce a los Estados miembros cierto margen de maniobra para que puedan aplicar políticas adaptadas a los contextos nacionales, no lo es menos que este margen de maniobra está delimitado”, señala el TJUE: “De ello se deduce que, con independencia del respeto de los niveles mínimos de imposición impuestos por la Directiva, las facultades ofrecidas a los Estados miembros para establecer tipos impositivos diferenciados y exenciones o reducciones de los impuestos especiales solo pueden ejercerse en el estricto cumplimiento de los requisitos establecidos por las disposiciones pertinentes de la Directiva”.

Con esta sentencia, la pelota vuelve al tejado del Tribunal Supremo, que elevó una cuestión prejudicial a Luxemburgo para que el TJUE determinara los límites de la directiva sobre la imposición energética. Ahora será el tribunal español el que tenga que decidir sobre la devolución de esos ingresos después de que los jueces europeos hayan dado la razón a la compañía.

El tramo autonómico del impuesto sobre los hidrocarburos fue derogado en 2019, cuando el Gobierno estableció un tipo impositivo a nivel nacional.

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