La Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (Autocontrol) ha vuelto a dar la razón a Repsol en el enfrentamiento que la petrolera mantiene con Iberdrola por acusaciones cruzadas de publicidad engañosa.
La sección tercera del Jurado de Autocontrol ha estimado una reclamación de Repsol contra una publicidad de Iberdrola en la que se promocionaba la aerotermia en radio y televisión. En ella se daba a entender que el Consejo Europeo obligaría a España a la eliminación gradual de las calderas de gas.
La petrolera consideraba que esta publicidad resultaba “contraria al principio de veracidad” y “engañosa”, en tanto que ni la Directiva (UE) 2023/1791 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de septiembre de 2023 relativa a la eficiencia energética, y por la que se modifica el Reglamento (UE) 2023/955, ni la Propuesta de Directiva relativa a la eficiencia energética de los edificios, determinaban “la prohibición de las calderas de gas ni su obligatoria sustitución por aerotermia”, informa Europa Press.
Así, Repsol estimaba que esta publicidad lanzaba “un reclamo falso, sobre información de fondo que no es fácilmente accesible para un consumidor medio”.
La entidad que autorregula la publicidad de las empresas declara que la publicidad reclamada infringe la norma 14 del Código de Conducta Publicitaria de Autocontrol e insta a Iberdrola Clientes a la rectificación de la publicidad reclamada.
Igualmente, impone a Iberdrola Clientes el pago de las tasas que eventualmente pudieran devengarse ante Autocontrol, por la tramitación del presente procedimiento, conforme a las tarifas aprobadas por sus órganos directivos.
Iberdrola está “en completo desacuerdo con la resolución”, que es “totalmente contraria al sentido común y a la utilización de la lengua castellana”, y carga contra la “total falta de objetividad” de Autocontrol, un organismo en cuya junta directiva se sientan numerosas empresas, Repsol entre ellas.
La campaña, según fuentes de la eléctrica, “se limitaba a anticipar el contenido de la Directiva europea de eficiencia energética de edificios”, que fue ratificada el pasado 12 de abril, y cuyo texto, que acaba de publicarse, “incluye la obligación para los estados miembros de adoptar medidas para eliminar gradualmente los combustibles fósiles en la calefacción con el objetivo de eliminar por completo las calderas de combustibles fósiles para 2040”.
Las mismas fuentes indican que “de ninguna forma la campaña publicitaria afirmaba que la obligación de eliminar las calderas de gas se había aprobado”, y por ello se hacía uso del tiempo verbal futuro “obligará” y de la mención “eliminación gradual”.
“Iberdrola se limitó a anticipar lo que ha acabado sucediendo respecto a la aprobación de la Directiva, ofreciendo un producto y un servicio de calidad (aerotermia) en vista del gradual proceso de descarbonización en la Unión Europea que es, a todas luces, inevitable”.
“Como ha ocurrido en ocasiones anteriores, parece que Autocontrol, más que utilizar su propio razonamiento, ha optado por adherirse de forma literal a la argumentación realizada por la reclamante. Afirmar que realizar campañas sobre hechos y normativa futuros y previsibles es engañoso va en contra de toda lógica de mercado y publicitaria”, señala Iberdrola.
La eléctrica añade que la resolución de Autocontrol “llega a afirmar” que la Directiva de eficiencia energética de edificios “no afectará a la totalidad de las calderas de gas, sino solo a aquellas calderas de gas que empleen exclusivamente combustible de origen fósil”, cuando “la realidad es que todavía está por definir en el ámbito de la Unión Europea cuál va a ser la definición de calderas fósiles para la aplicación de esta Directiva. En ningún sitio está establecido que serán aquellas que empleen exclusivamente combustible fósil, lo que ha sido elaboración propia del Jurado, guiándose, nuevamente, por el dictado de Repsol”.
Segunda victoria de RepsolEn abril, Autocontrol ya desestimó íntegramente una reclamación de Iberdrola contra Repsol por una publicidad difundida en televisión, prensa e internet en la que se promocionan los nuevos combustibles renovables de la energética que pilota Josu Jon Imaz.
Estas resoluciones se han producido cuando todavía está pendiente el fallo de la demanda que presentó el pasado mes de febrero Iberdrola contra Repsol en el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Santander por “competencia desleal y publicidad engañosa”, al considerar que había incurrido en 'greenwashing' o blanqueo ecológico.
En concreto, Iberdrola acudió a un juzgado de Cantabria ya que, de acuerdo con la normativa procesal, cuando se demandan empresas con diferentes domicilios sociales, el demandante puede elegir el lugar de cualquiera de esos domicilios. En este caso la sociedad competidora de Iberdrola en la venta de luz y gas, Repsol Distribuidora de Electricidad y Gas, tiene su domicilio social en Santander.