OIReScon reclama difundir la relación de empresas vetadas como contratistas de la Administración, una información de "alto valor" para detectar riesgos "en materia de corrupción o cláusulas colusorias"
Competencia lanza un contrato pionero para detectar licitaciones amañadas con inteligencia artificial
La Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIReScon), el organismo que supervisa el funcionamiento de la contratación pública, reclama dar más transparencia sobre las empresas vetadas para contratar con la Administración.
En su último informe anual, la entidad reclama la difusión de un listado específico y señala que “las causas de las prohibiciones para contratar tienen un alto valor informativo a la hora de señalar áreas de riesgo en el comportamiento de los operadores económicos en la contratación pública, sobre todo en materia de corrupción o cláusulas colusorias”.
La entidad lleva años reclamando medidas para corregir la opacidad en los vetos a contratistas que aplican las diferentes administraciones. En su informe de 2024, recién publicado, insiste en “la difícil detección de la prohibición para contratar” como consecuencia de la propia redacción de la normativa de licitaciones. Y señala que “pudiera ser de interés el mantenimiento de un listado de empresas incursas en prohibición para contratar”.
Esta información hoy por hoy no la publica el Ministerio de Hacienda, encargado de aplicar los vetos a nivel estatal y de centralizar el estatus de cada licitador en un registro específico. En opinión de OIReScon, esa relación de empresas vetadas debería ser “accesible sin necesidad de consultas concretas” y “sin perjuicio de la debida protección de los datos personales que correspondiesen en cada caso”.
La normativa establece que no podrán contratar con la Administración las empresas que, entre otros supuestos, hayan sido sancionadas por delitos varios (contra la Hacienda pública, de corrupción, contra el medio ambiente...) o por infracciones graves en materia profesional que pongan en entredicho su integridad, como falsear el mercado o violar los derechos de los trabajadores.
Pero, en plena era de la información, conocer si un contratista está vetado requiere buscar una a una las empresas inscritas en el registro estatal de licitadores, denominado ROLECE (Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado). Ese listado que pide OIReScon no está disponible.
A cierre de 2023 había inscritas en ese registro 91.715 sociedades, un 12,5% más que un año antes y casi un 30% más que a cierre de 2021. La consulta en ese registro, que gestiona Hacienda, exige tener instalado un certificado electrónico.
El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) ya se ha pronunciado a favor de hacer público ese listado de empresas vetadas por prácticas irregulares. Lo hizo después de que en 2022 un ciudadano solicitase a Hacienda la relación de sociedades vetadas que estaban inscritas en el ROLECE, al amparo de la Ley de Transparencia.
El ministerio se limitó a señalar que en ese momento había 138 empresas en esa situación. Pero no las detalló, ya que, argumentó, “no está regulada ninguna previsión de publicidad activa respecto de esta información y, adicionalmente, por razón de protección de datos de carácter personal y reputación de las personas en una materia de obvia sensibilidad”. Sin embargo, Transparencia acabó obligando a Hacienda a remitir en 2023 el listado a ese ciudadano, tras estimar una reclamación.
El informe de OIReScon refleja que en los registros autonómicos, la transparencia sobre estos vetos también brilla por su ausencia: “La mayoría de la información respecto a la inscripción de la prohibición o la prohibición en sí es obsoleta o se informa de un número de casos mínimo”. Solo hay datos sobre las prohibiciones en vigor (en algunos casos desfasados) en Euskadi, Andalucía, Comunitat Valenciana y Aragón. En el caso de Andalucía, se incluyen tanto a empresas como a personas físicas, pese a las cautelas de Hacienda sobre la protección de datos personales.
El informe recuerda que el momento en que se inscribe ese veto en los registros oficiales “es esencial puesto que, en determinados supuestos, marca el inicio de sus efectos”. “De la supervisión de los registros autonómicos se detecta en muchos casos ausencia de información sobre prohibiciones para contratar y, en algunos, falta de diligencia al no incorporar actualizado el vínculo informático para acceder al ROLECE”, dice el informe.
En las comunidades autónomas, el supervisor de la contratación pública detecta “un número reducido de prohibiciones vigentes inscritas”. Bien porque no se adoptan medidas “disciplinarias” o porque se toman, pero “no dan lugar a los procedimientos correspondientes que conllevarían la imposición de prohibiciones para contratar”.
Otro posible motivo que apunta el informe es que esas prohibiciones se imponen, pero “no son trasladadas a los órganos correspondientes para su inscripción en el registro correspondiente”. Que en la práctica es lo mismo que no hacer nada.
Sin datos de por quéEl informe del mermado supervisor de los contratos públicos, una entidad adscrita orgánicamente a Hacienda que desde su creación no ha podido cubrir ni la mitad de su plantilla de cerca de 50 efectivos, refleja que en 2023 las prohibiciones para contratar inscritas en la Dirección de Patrimonio se redujeron hasta poco más de un centenar de sociedades y personas físicas. Es la cifra más baja desde que la oficina que supervisa el funcionamiento de la contratación pública publica estos datos, como puede verse en el siguiente gráfico.
El organismo destaca que el 38,56% de los vetos a contratistas que se inscribieron (40) fueron prohibiciones “en las que no se concreta su origen”. En otras palabras, “no se tiene información sobre las causas para contratar” en casi un 40% de los casos, “lo que dificulta poder adoptar medidas o actuaciones preventivas que minimicen el riesgo de su comisión”.
En 2023 la presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), Cani Fernández, anunció en el Congreso de los Diputados que el organismo aplicaría “directamente” la prohibición de contratar para empresas multadas por falsear la competencia. El veto, que en teoría era legalmente posible desde 2015, no terminaba de aplicarse ya que la decisión sobre la duración y el alcance de las prohibiciones recaía en Hacienda. En junio de 2023 el organismo publicó una Comunicación con los criterios generales para aplicar esos vetos. La CNMC no detalla qué vetos ha aplicado hasta ahora.
Una de las prohibiciones que trascendió en 2023 fue la aplicada a la filial de seguridad privada del gigante de los servicios Eulen, que fue vetada durante siete meses por Hacienda para contratar con la Administración. En este caso no tuvo relación con prácticas restrictivas de la competencia, sino por trato vejatorio de Eulen a un trabajador en Madrid.
La oficina que supervisa la contratación pública considera “aconsejable que, por parte de los órganos de contratación, se pusieran en marcha mecanismos para tratar de supervisar las principales causas de prohibición para contratar declaradas en su ámbito”. Y que se tomen medidas para que al inscribir esos vetos “se indique su causa, con las cautelas que sean necesarias respecto a la protección de datos y debida confidencialidad”.
“Se insiste en señalar el alto valor que la información de la causa de la prohibición para contratar puede tener a la hora de diseñar un mapa de riesgos de la contratación pública, máxime en lo que atañe a la lucha contra la corrupción y las prácticas colusorias”, dice el informe, que destaca que el impago de salarios o retrasos justificados y la cesión ilegal de trabajadores suponen “un alto porcentaje” de las prohibiciones. Entre las dos sumaron el 38,18%.