La nota de prensa salió este lunes a primera hora. Pero la notificación oficial y formal no había llegado a la Comisión Europea. Y, sin el visto bueno de Bruselas, Iberia no podrá comprar Air Europa. Una compra que tiene una sombra añadida: la hipótesis de no poder volar en caso de Brexit sin acuerdo si no demuestra que la mayoría del capital no es británico para octubre de 2020. Y la matriz, IAG, es británica.

Pero en tanto hay o no Brexit, el Gobierno británico logra pasar o no su acuerdo por el Parlamento británico y se celebran unas elecciones en Reino Unido que alumbrarán un nuevo Parlamento y un nuevo Ejecutivo en Londres, Iberia ha anunciado una compra que ha de pasar por el filtro comunitario teniendo en cuenta ese matiz: el de una matriz británica inmersa en medio del proceso del Brexit.

El primer paso es que la Comisión sea notificada la fusión, en tanto que tiene dimensiones continentales, comunitarias. En este proceso inicial, las empresas pueden contactar de antemano para ver cómo preparar mejor su notificación –hay hasta plantillas preparadas para notificar sus fusiones, según la complejidad del caso–.

Si las empresas que se fusionan no operan en el mismo mercado o en mercados relacionados, o si solo tienen cuotas de mercado muy pequeñas que no alcanzan los umbrales de cuota de mercado especificados, la fusión generalmente no dará lugar a problemas de competencia significativos. En este caso, que no es el de Iberia y Air Europa, el examen de la fusión se realizaría mediante una simplificación procedimiento, que implica una verificación de rutina.

Los umbrales de cuota de mercado que hacen saltar alarmas son: cuota de mercado combinada del 15% en cualquier mercado donde ambos compitan, o cuota de mercado del 25% en mercados relacionados verticalmente. En este caso, la cuota de mercado en España tras la fusión de Iberia y Air Europa puede superar el 70%, según las organizaciones de consumidores.

A veces un mercado puede involucrar áreas de negocios relativamente estrechas, tanto en términos de productos como de áreas geográficas.

Por encima de esos umbrales de cuota de mercado, la Comisión lleva a cabo una investigación completa.

Los detalles de cualquier notificación nueva se publican  en la web de Competencia de la Comisión y en el Diario Oficial de la UE, para que cualquier parte interesada pueda contactar a la Comisión y presentar comentarios sobre la fusión.

Después de la notificación, la Comisión tiene 25 días hábiles para analizar el acuerdo durante la primera fase de investigación.

Más del 90% de todos los casos se resuelven en la fase 1, generalmente sin compensaciones.

Una revisión de la fase 1 puede incluir lo siguiente: solicitudes de información de las empresas fusionadas o de terceros; cuestionarios a competidores o clientes que buscan sus puntos de vista sobre la fusión, así como otros contactos con participantes del mercado, con el objetivo de aclarar las condiciones de competencia en un mercado determinado o el papel de las empresas fusionadas en ese mercado.

La Comisión mantiene a las empresas afectadas informadas sobre el progreso de su análisis. Hacia el final de la fase 1, generalmente se realiza una reunión sobre el estado de la cuestión, donde la Comisión les informa sobre los resultados de la investigación de la fase 1.

Si existen problemas de competencia, las empresas pueden ofrecer soluciones, lo que extiende el plazo de la fase 1 en 10 días hábiles.

Hay dos conclusiones principales de una investigación de fase 1: la fusión se resuelve, ya sea incondicionalmente o sujeta a correcciones aceptadas; o la fusión aún plantea problemas de competencia y la Comisión abre una investigación de fase 2.

Compensaciones, arreglos, compromisos

Si a la Comisión le preocupa que la fusión pueda afectar significativamente la competencia, las empresas pueden ofrecer soluciones o compromisos, es decir, proponer ciertas modificaciones al proyecto que garanticen la competencia en el mercado. Las empresas pueden ofrecer soluciones en la fase 1 o en la fase 2.

La Comisión analiza si los remedios propuestos son viables y suficientes para eliminar los problemas de competencia.

También tiene en cuenta las opiniones de los participantes del mercado en un test. Si se aceptan las correcciones, se vuelven vinculantes para las empresas. Luego se nombra a un administrador independiente para supervisar el cumplimiento de estos compromisos.

Por ejemplo, la aprobación por parte de la Comisión del negocio de música grabada de EMI por Universal Music Group en 2012 estaba condicionada a la desinversión del sello Parlophone de EMI y muchos otros activos musicales. La fusión propuesta reuniría a dos de las cuatro llamadas compañías discográficas "principales" mundiales y probablemente permitiría a Universal imponer precios más altos para la música digital. La desinversión asegura que una empresa independiente pueda seguir compitiendo.

Fase 2 de la investigación

La fase 2 es un análisis en profundidad de los efectos de la fusión en la competencia y requiere más tiempo. Se abre cuando el caso no puede resolverse en la fase 1, es decir, cuando la Comisión tiene dudas de que la transacción podría restringir la competencia en el mercado interior.

Una investigación de fase 2 generalmente implica una recopilación de información más extensa, que incluye documentos internos de las empresas, datos económicos extensos, cuestionarios más detallados para los participantes del mercado y / o visitas al sitio.

En la fase 2, la Comisión también analiza las ventajas que las empresas podrían lograr cuando se fusionen. Si los efectos positivos para los consumidores superaran los efectos negativos de las fusiones, la fusión se puede autorizar.

Para ser tenidos en cuenta, las ventajas deben cumplir condiciones estrictas y corresponde a las empresas fusionadas demostrar que se cumplen. Primero, deben ser verificables (como que la Comisión puede estar razonablemente segura de que se materializarán y serán lo suficientemente sustanciales). En segundo lugar, las ventajas deben ser específicas de la fusión (es decir, no pueden lograrse por otros medios que no sean una fusión). En tercer lugar, las eficiencias probablemente deben transmitirse a los consumidores y no solo recapituladas por las empresas que se fusionan.

La Comisión informa periódicamente a las empresas sobre el proceso. Si, después de la investigación, la Comisión concluye que la fusión planeada probablemente impedirá la competencia, envía un pliego de cargos a las partes, informándoles de las conclusiones preliminares de la Comisión. Luego, las partes tienen derecho a responder por escrito dentro de un período determinado, a consultar el expediente de la Comisión y a solicitar una audiencia oral.

Plazos

Desde el inicio de una investigación de la fase 2, la Comisión tiene 90 días hábiles para tomar una decisión final sobre la compatibilidad de la transacción. Esto puede extenderse 15 días hábiles adicionales si las partes ofrecen compensaciones durante la fase 2 (después del 55 día hábil del caso).

Se pueden otorgar extensiones adicionales de hasta 20 días hábiles a solicitud de las partes notificantes o con el acuerdo de las mismas. Si las partes no proporcionan una información relevante solicitada por la Comisión, el reloj puede detenerse hasta que se proporcione dicha información faltante.

La Comisión intenta coordinar las investigaciones con otras autoridades de todo el mundo siempre que sea posible. Coopera con otras agencias, como la Comisión Federal de Comercio de EE UU y el Departamento de Justicia de EEUU.

Tras la investigación de la fase 2, la Comisión puede: autorizar incondicionalmente la fusión, aprobar la fusión con condiciones o prohibir la fusión si las partes no han propuesto soluciones adecuadas a los problemas de competencia.

Todas las decisiones finales, tanto en la fase 1 como en la fase 2, se publican en el sitio web de la competencia, después de que se hayan eliminado las referencias a la información comercial confidencial de las empresas.

Todas las decisiones y la conducta procesal de la Comisión están sujetas a revisión por el Tribunal General y, en última instancia, por el Tribunal de Justicia. Las empresas u otras partes que demuestren interés pueden apelar dentro de los 2 meses posteriores a la decisión.

Esto garantiza una supervisión judicial independiente y garantiza que se respeten plenamente todos los derechos de defensa disponibles para las empresas.

El estado de las notificaciones de fusión, los plazos y los documentos publicados (como decisiones o comunicados de prensa) se pueden consultar para todas las fusiones notificadas en el sitio web de la competencia.

Cada caso de fusión tiene una página que indica la fecha límite provisional de la investigación (dependiendo de la etapa del procedimiento) y contiene enlaces a todos los documentos publicados por la Comisión.

La información se actualiza diariamente. También puede consultar nuestras últimas actualizaciones en todos los casos en los últimos 3 meses. Las decisiones solo se hacen públicas una vez que se ha eliminado la información confidencial (en particular, los secretos comerciales). Este proceso a veces lleva varios meses.