La solicitud de un nuevo plazo para emitir una ley de "reconciliación nacional" que hizo recientemente el Congreso de El Salvador a la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) evitó que los diputados cayeran en desacato, dijeron a Efe este jueves dos abogados de víctimas de la guerra civil (1980-1992).
Los expertos aseguraron que está en manos de los jueces constitucionales declarar o no el desacato.
Los magistrados de dicha sala anularon en 2016 una ley de amnistía de 1993 y ordenaron al Congreso aprobar una legislación que garantice a las víctimas del conflicto armando (1980-1992) el acceso a la Justicia y a medidas de reparación.
El fallo daba como plazo final para la aprobación de la ley el 13 de julio pasado, pero la misma sala amplió el período hasta el 13 de noviembre.
Wilfredo Medrano, representante de las víctimas y sobrevivientes en el proceso penal de la masacre de unos 1.000 campesinos en El Mozote (1981), sostuvo que los diputados no cayeron en desacato porque "por lo menos pidieron prórroga".
Los diputados pidieron una extensión del plazo el 12 de noviembre para tratar de evitar el desacato y se comprometieron públicamente por primera vez en discutir una propuesta de ley presentada por las víctimas.
Medrano, miembro de la organización Tutela Legal "María Julia Hernández", sostuvo que, antes del vencimiento del plazo, la Sala de lo Constitucional pudo realizar una "audiencia de seguimiento" de la referida sentencia para valorar los avances.
Sostuvo que si dicha sala declara en desacato a los diputados, tendría que informar a la Fiscalía General de la República (FGR) para realizar el proceso penal correspondiente.
El director de Tutela Legal, Ovidio Mauricio, secundo la opinión de Medrado de que el órgano Legislativo evitó el desacato al pedir la prórroga.
Por otra parte, Mauricio explicó que la aprobación de una ley de reconciliación nacional en el corto plazo podría afectar el proceso penal que enfrentan 16 mandos militares por la masacre de El Mozote.
"Esa puede afectarnos, porque puede subsumir el proceso para la aplicación de la ley", sostuvo.
Añadió que si dicha ley otorga beneficios judiciales a los procesados por crímenes de guerra, los jueces tendrán la facultad de aplicarlos en las causas abiertas antes de su aprobación.
La Constitución del país centroamericano establece que "las leyes no pueden tener efecto retroactivo, salvo en materias de orden público, y en materia penal cuando la nueva ley sea favorable al delincuente".
"Nos afectaría esa situación, (porque) vendrían los defensores a pedir que se aplique dicha ley", concluyó.
La Comisión Política, que reúne los líderes de los partidos con representación legislativa, únicamente ha discutido tres propuestas, mismas que las organizaciones de derechos humanos han catalogado como "amnistía de facto" de los crímenes de lesa humanidad registrados durante la guerra.
La última propuesta, que se basa en las primeras dos, cuenta con el apoyo, según los activistas sociales, de Arena, del Partido de Concertación Nacional (PCN) y del Partido Demócrata Cristiano (PDC), todos de derecha.
Entre los puntos cuestionados a la propuesta de los partidos de derecha se encuentra un articulo que busca que las decisiones administrativas de la Fiscalía puedan otorgar el estatus de "cosa juzgada" a los casos, contrario a lo que establece la legislación salvadoreña que otorga este poder a los fallos judiciales.
De acuerdo con los activistas, el proyecto también estipula dar "beneficios carcelarios para evitar el cumplimiento real de las penas", resta valor a los archivos históricos como pruebas y la reparación a las víctimas que establece "no responde a los estándares" dictados en la referida sentencia de 2016.
La anulación de la amnistía de 1993 ha permitido la reapertura de procesos como el magnicidio de san Óscar Arnulfo Romero (1980), la masacre de unos 1.000 campesinos en El Mozote (1981) y la matanza de seis padres jesuitas, cinco de ellos españoles, y dos mujeres (1989).