Un juzgado de Mayor Riesgo procesó a tres militares retirados que eran parte del alto mando del Estado Mayor General del Ejército por la posibilidad de haber cometido los delitos de genocidio, delitos contra los deberes de la humanidad y desaparición forzada.
El juez Miguel Ángel Gálvez aseguró que hay motivos suficientes para considerar que los tres integrantes del Estado Mayor General del Ejército, Manuel Benedicto Lucas García (jefe), Manuel Antonio Callejas y Callejas (jefe de Inteligencia) y César Octavio Noguera Argueta (jefe de Operaciones) tuvieron conocimiento de los planes y resultados del Ejército en la zona ixil, donde fueron masacrados 1.128 ixiles entre 1978 y 1982.
Según la resolución de Gálvez, los generales de brigada Lucas y Callejas deberán enfrentar la etapa intermedia del proceso penal por los tres delitos que imputó la Fiscalía: genocidio, delitos contra los deberes de la humanidad y desaparición forzada, pero libró del segundo de los crímenes al coronel Noguera.
Según las pesquisas preliminares del Ministerio Público, al menos 540 ixiles fueron víctimas de delitos contra los deberes de la humanidad, 81 sufrieron desaparición forzada y hubo 36 niñas, mujeres y ancianas víctimas de violencia sexual, hechos que supuestamente ocurrieron entre 1978 y 1982, cuando el presidente era el general Romeo Lucas, hermano de Benedicto Lucas, el principal señalado en el caso.
Gálvez instó al Ministerio Público a "extender la investigación para establecer las otras responsabilidades de conformidad con la cadena de mando (del Ejército)" pues tomó como referencia algunos de los peritajes presentados durante la fase de audiencia de primera declaración, que comenzó el 29 de octubre pasado.
Dijo que los peritajes hicieron referencia a "las autoridades que estaban en los municipios del sector ixil (en el departamento norteño de Quiché), "quienes pudieran tener alguna relación con la violación a los derechos humanos de los ixiles".
El juez aseguró que el Estado guatemalteco "avaló y aceptó la doctrina de seguridad nacional", la cual "propugnaba la existencia de un enemigo interno", vinculado a los comunistas y en cuyo término cuadraban también los simpatizantes y colaboradores del comunismo.
Además, durante el conflicto armado vivido en Guatemala entre 1960 y 1996 -cuando murieron 200.00 personas y 45.000 fueron desaparecidas-, y en particular en los años del caso del genocidio ixil (1978-1982), "fueron desarrolladas operaciones psicológicas y de guerra ideológica para tener el control de la población, lo cual se llevó ampliamente a cabo con los planes operativos y de campaña", continuó.
Gálvez concluyó que en el área ixil "hubo violaciones de derechos humanos, muertes de personas, abusos sexuales contra mujeres y niñas, incendio de viviendas, todo sobre población no combatiente", conductas que además de los militares, también fueron perpetradas por las patrullas de autodefensa civil (PAC), que "fueron conducidas y planificadas por el Estado Mayor General del Ejército", encabezado por Benedicto Lucas.
Gálvez hizo un recorrido histórico de las causas del conflicto armado. Habló de la Revolución de 1944 encabezada por generales insurgentes y de los Gobiernos progresistas de Juan José Arévalo y Jacobo Árbenz y de la seguidilla de golpes de Estado y gobiernos militares hasta reparar en el general Romeo Lucas.
Explicó que los ixiles fueron considerados por los finqueros como "insurgentes" y "guerrilleros", por su supuesto "carácter combativo" y recordó que hubo una huelga de campesinos ixiles en 1980 en fincas ubicadas en la costa sur del país, pues estos reclamaban por el "mal pago y la mala comida".
Según la Comisión para el Esclarecimiento Histórico, a la que se refirió Gálvez, los ixiles "no solo fueron perseguidos, sino fueron identificados por ser antagónicos a la autoridad" y leyó un fragmento del informe de dicha entidad auspiciada por las Naciones Unidas que decía: "La mente ixil fue identificada como el enemigo de los finqueros y funcionarios del Gobierno".
Al concluir la resolución que ligó a proceso a los dos generales y al coronel que lideraban el Estado Mayor General del Ejército, los defensores de estos alegaron que Gálvez había incurrido en "actividad procesal defectuosa", al no haber identificado a las víctimas ixiles ni el tiempo y lugar de los hechos durante su dictamen para enviarlos a la etapa intermedia.
Jorge Lucas, hijo y abogado de Benedicto, sostuvo que la resolución del juez "omitió indicar el agravio de qué personas se cometían los delitos de genocidio, contra los deberes de la humanidad y desaparición forzada", lo cual constituía una "violación" a los derechos de su padre y violentaba incluso la Constitución por ignorar el "derecho de defensa".
El juez dijo que asumía la responsabilidad y que no había "ningún problema", pues durante su reflexión -previa a dictar el auto de procesamiento- se refirió a las masacres, aunque reconoció que "si entraba a analizar cada caso, entonces no terminábamos el día de hoy y eso hay que tomarlo a consideración".
Gálvez cuestionó "cuál es el motivo por el cual se pretende interponer una protesta correspondiente", por lo que incialmente decretó sin lugar la actividad procesal defectuosa y consideró que hay otros casos en los que este tipo de protestas fueron utilizadas para boicotear los casos incluso después de una sentencia condenatoria.