Relevante sentencia para los trabajadores que se operan de defectos oculares en la sanidad privada, en casos de miopía o hipermetropía, por ejemplo, cuyas intervenciones que a día de hoy no están cubiertas por el sistema público de salud. El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de una empleada a cobrar la prestación por incapacidad temporal durante su baja médica tras ser operada de la vista por lo privado. La mutua Asepeyo recurrió las dos sentencias previas que la condenaban a abonarle la prestación económica a la mujer durante su baja y el Supremo ha confirmado ahora que la empleada tiene derecho a esta protección.