El Tribunal Supremo ha declarado improcedente el despido de una trabajadora de la limpieza que en 8 años encadenó 242 contratos de interinidad para cubrir vacaciones, descansos y permisos de otros empleado.
En sentencia conocida este jueves, el alto tribunal señala que la vía del contrato de interinidad por sustitución no es válido en esos casos, y ofrece a la empresa, el Hospital Clinic de Barcelona, que elija entre readmitir a la trabajadora o abonarle una indemnización de 11.088 euros.
En el presente caso, aclara el Supremo, ni era válida la causa consignada en el contrato, ni concurren las circunstancias que habrían permitido validar una modalidad contractual distinta, como la del contrato eventual.
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